Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
+5
trugelmir
wolf
kelabra
xacarrere
blaquesmith
9 participantes
Página 1 de 2. • 1, 2
Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
22/02/11, 01:08 pm
Bueno, pues el pasado día 14 de enero aprobaron esta nueva normativa, así que he buscado el mamotreto en PDF y lo he editado, quedándome sólo con las páginas que corresponden a las motos (Vehículos de tipo L)
Para quien quiera mirarla, he subido el PDF a mi cuenta de Dropbox para que todos podáis bajar el archivo en cuestión y mirarlo. (Hacer Click-Derecho en este link, Guardar Como, y a leer)
Comentarios más abajo :D
Para quien quiera mirarla, he subido el PDF a mi cuenta de Dropbox para que todos podáis bajar el archivo en cuestión y mirarlo. (Hacer Click-Derecho en este link, Guardar Como, y a leer)
Comentarios más abajo :D
- xacarrereAdministrador RRR
- Mensajes : 20083
Fecha de inscripción : 23/08/2010
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
28/02/11, 10:03 pm
Buen aporte, se merece una chincheta.
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
01/03/11, 10:27 am
Ni me había dado cuenta, fíjate tú... será por las pocas lecturas que tiene el post, creía que ya estaríatan hacia abajo que iría camino de Australia...
- kelabraNew Rider
- Mensajes : 61
Fecha de inscripción : 30/01/2011
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
02/03/11, 08:02 pm
merci
pero lo del l1e l2e que es?
y lo del apartado 4 que es?
perodon pero esq en general no lo entiendo me podrias hacer una explicacion rapida
pero lo del l1e l2e que es?
y lo del apartado 4 que es?
perodon pero esq en general no lo entiendo me podrias hacer una explicacion rapida
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
04/03/11, 05:49 pm
Antes que nada... Si hacéis una pregunta y veis que no os contestan, un pelín de paciencia, porque 3 mensajes y un privado me parece un pelín excesivo, todo el mismo día.
He llevado una semana muy ajetreada y no me he podido dedicar demasiado rato, excepto los momentos puntuales que me he conectado al foro desde el móvil, y cuando he llegado a casa ha sido para descansar y ni he encendido apenas el ordenador.
Lo mismo que he hecho yo, que es buscar en Google, lo puede hacer cualquiera, pero todo sea por la causa...
Bueno, ahí va. EN ESTE ENLACE TENÉIS UN MANUAL DE ITV, con TODO lo que revisan los muchachos de naranja cuando les llevas la burra (o el coche).
Este manual está realmente completo, y tiene marcaje por capítulos. Si miráis en el preámbulo, hay la tabla de clasificación de categorías de vehículos. Veréis que los de categoría LX (donde X es un número) son para vehículos de menos de cuatro ruedas, y se clasifican únicamente según cilindrada y velocidad. Los LXe son para motocicletas, triciclos o cuadriciclos matriculados a partir del 9/11/2003, y se les clasifica por cilindrada, velocidad y potencia. Echadle un vistazo.
Si os interesa, mirando la Sección II, explica punto por punto las revisiones que le pueden hacer a una moto, manual en mano, y explica lo que es y no es obligatorio (por ejemplo, en una moto sin sidecar, los catadióptricos laterales son opcionales, así que si habéis desmontado los de la horquilla no hace falta que los volváis a colocar).
Creo que entre la ley y el manual de ITV ya os podeis embarcar en cualquier modificación a la moto, sabiendo si pasa o no ITV, y si es o no legal.
Veamos, supongo que te refieres a la parte que remite al apartado 4 del preámbulo. Como no había incluído el preámbulo en el recorte he hecho una nueva edición del manual dejando sólo el preámbulo, Y PONGO ESTE ENLACE DONDE PODEIS CONSULTAR EL APARTADO 4 DEL MISMO. En el preámbulo se explican lo que son los códigos de reformas y cómo deben registrarse en la Tarjeta de ITV del vehículo, y el apartado 4 en concreto hace referencia a los actos reglamentarios que aplican a cada reforma.
A ver, y por si alguno aún no sabe interpretarlo: en cada ficha del manual hay varios apartados:
En el primer cuadro, está la DESCRIPCIÓN, junto con el punto del manual al que pertenece la ficha. Ejemplo:
Me parece que está bastante claro. Hace referencia a las modificaciones que afecten a la identificación del vehículo, y esta ficha en concreto a la modificación del bastidor o chasis de la moto, si la parte sustituída es donde está grabado el número de bastidor, y que por lo tanto podría impedir o dificultar la identificación de la moto. me parece que lo explican en lenguaje normal, no precisamente el lenguaje legal que sólo entienden los abogados. Esto está pensado para que pueda entenderlo gente de a pie.
En el segundo cuadro de la ficha, CAMPO DE APLICACIÓN, indica a qué tipos de vehículos aplica esa norma. En el ejemplo anterior, el 1.1 aplica a todas las categorías L. Una vez más, si queréis aseguraros de qué categoría es vuestra moto, consultad el enlace al manual de ITV que os he puesto antes.
En el tercer cuadro, Actos Reglamentarios, remite al famoso apartado 4 del preámbulo. veremos que para la modificación del ejemplo, todos tienen un (1), lo que según el susodicho apartado significa que: "El AR se aplica en su última actualización en vigor, a fecha de tramitación de la reforma.", o sea, que cuando haces la modificación tienes que registrarla en la ITV, y la fecha que constará será la de la modificación, no la de la revisión.
Sigamos. En el cuarto cuadro, DOCUMENTACION NECESARIA, indica precisamente eso, lo que hace falta para homologar la modificación. el Informe de Conformidad es un informe de la marca (en nuestro caso Regal Raptor) o su representante en españa (ahora Leonart), y el Certificado de Taller es un certificado del taller donde (supuestamente) se han realizado las reformas. Ambos deben ser favorables, diciendo que se cumple con la normativa, etc.
Aquí también indican a veces si hace falta proyecto técnico (firmado por un ingeniero), certificación de final de obra (revisión del propio ingeniero de todas las modificaciones después que el taller las haga, para certificar que todo está según proyecto).
En el cuadro CONJUNTO FUNCIONAL se indica (otra vez) lo que la persona tiene que llevar para garantizar que estas reformas se han hecho correctamente.
En el cuadro INSPECCIÓN ESPECÍFICA detalla qué van a revisar los muchachos de la ITV cuando aparezcas por ahí con el informe de la modificación (también podéis mirar otra vez el manual de ITV que he colgado, explican paso a paso todos los puntos que se miran en cada inspección, y cómo lo hacen, detalladamente)
Finalmente, los otros dos cuadros enseñan el formato que deberá tener la inscripción en la tarjeta de ITV una vez homologado el cambio, y aportan información adicional si es necesaria para ese tipo de cuadro.
Confío que ha quedado claro, porque si os lo doy más mascado, va a parecerse a los Potitos Nutribén... :lol::lol::lol::lol::lol:
He llevado una semana muy ajetreada y no me he podido dedicar demasiado rato, excepto los momentos puntuales que me he conectado al foro desde el móvil, y cuando he llegado a casa ha sido para descansar y ni he encendido apenas el ordenador.
Lo mismo que he hecho yo, que es buscar en Google, lo puede hacer cualquiera, pero todo sea por la causa...
Bueno, ahí va. EN ESTE ENLACE TENÉIS UN MANUAL DE ITV, con TODO lo que revisan los muchachos de naranja cuando les llevas la burra (o el coche).
Este manual está realmente completo, y tiene marcaje por capítulos. Si miráis en el preámbulo, hay la tabla de clasificación de categorías de vehículos. Veréis que los de categoría LX (donde X es un número) son para vehículos de menos de cuatro ruedas, y se clasifican únicamente según cilindrada y velocidad. Los LXe son para motocicletas, triciclos o cuadriciclos matriculados a partir del 9/11/2003, y se les clasifica por cilindrada, velocidad y potencia. Echadle un vistazo.
Si os interesa, mirando la Sección II, explica punto por punto las revisiones que le pueden hacer a una moto, manual en mano, y explica lo que es y no es obligatorio (por ejemplo, en una moto sin sidecar, los catadióptricos laterales son opcionales, así que si habéis desmontado los de la horquilla no hace falta que los volváis a colocar).
Creo que entre la ley y el manual de ITV ya os podeis embarcar en cualquier modificación a la moto, sabiendo si pasa o no ITV, y si es o no legal.
kelabra escribió:y lo del apartado 4 que es?
Veamos, supongo que te refieres a la parte que remite al apartado 4 del preámbulo. Como no había incluído el preámbulo en el recorte he hecho una nueva edición del manual dejando sólo el preámbulo, Y PONGO ESTE ENLACE DONDE PODEIS CONSULTAR EL APARTADO 4 DEL MISMO. En el preámbulo se explican lo que son los códigos de reformas y cómo deben registrarse en la Tarjeta de ITV del vehículo, y el apartado 4 en concreto hace referencia a los actos reglamentarios que aplican a cada reforma.
A ver, y por si alguno aún no sabe interpretarlo: en cada ficha del manual hay varios apartados:
En el primer cuadro, está la DESCRIPCIÓN, junto con el punto del manual al que pertenece la ficha. Ejemplo:
Manual de Reformas en Vehículos escribió:DESCRIPCIÓN: Modificaciones que afecten a la identificación del vehículo
1.1.- Sustitución total o parcial del bastidor o de la estructura autoportante, cuando la parte sustituida sea la que lleva
grabado el número de identificación del vehículo
Me parece que está bastante claro. Hace referencia a las modificaciones que afecten a la identificación del vehículo, y esta ficha en concreto a la modificación del bastidor o chasis de la moto, si la parte sustituída es donde está grabado el número de bastidor, y que por lo tanto podría impedir o dificultar la identificación de la moto. me parece que lo explican en lenguaje normal, no precisamente el lenguaje legal que sólo entienden los abogados. Esto está pensado para que pueda entenderlo gente de a pie.
En el segundo cuadro de la ficha, CAMPO DE APLICACIÓN, indica a qué tipos de vehículos aplica esa norma. En el ejemplo anterior, el 1.1 aplica a todas las categorías L. Una vez más, si queréis aseguraros de qué categoría es vuestra moto, consultad el enlace al manual de ITV que os he puesto antes.
En el tercer cuadro, Actos Reglamentarios, remite al famoso apartado 4 del preámbulo. veremos que para la modificación del ejemplo, todos tienen un (1), lo que según el susodicho apartado significa que: "El AR se aplica en su última actualización en vigor, a fecha de tramitación de la reforma.", o sea, que cuando haces la modificación tienes que registrarla en la ITV, y la fecha que constará será la de la modificación, no la de la revisión.
Sigamos. En el cuarto cuadro, DOCUMENTACION NECESARIA, indica precisamente eso, lo que hace falta para homologar la modificación. el Informe de Conformidad es un informe de la marca (en nuestro caso Regal Raptor) o su representante en españa (ahora Leonart), y el Certificado de Taller es un certificado del taller donde (supuestamente) se han realizado las reformas. Ambos deben ser favorables, diciendo que se cumple con la normativa, etc.
Aquí también indican a veces si hace falta proyecto técnico (firmado por un ingeniero), certificación de final de obra (revisión del propio ingeniero de todas las modificaciones después que el taller las haga, para certificar que todo está según proyecto).
En el cuadro CONJUNTO FUNCIONAL se indica (otra vez) lo que la persona tiene que llevar para garantizar que estas reformas se han hecho correctamente.
En el cuadro INSPECCIÓN ESPECÍFICA detalla qué van a revisar los muchachos de la ITV cuando aparezcas por ahí con el informe de la modificación (también podéis mirar otra vez el manual de ITV que he colgado, explican paso a paso todos los puntos que se miran en cada inspección, y cómo lo hacen, detalladamente)
Finalmente, los otros dos cuadros enseñan el formato que deberá tener la inscripción en la tarjeta de ITV una vez homologado el cambio, y aportan información adicional si es necesaria para ese tipo de cuadro.
Confío que ha quedado claro, porque si os lo doy más mascado, va a parecerse a los Potitos Nutribén... :lol::lol::lol::lol::lol:
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
04/03/11, 11:03 pm
gran aporte blaques, gracias por la empollada :D tiene pocas lecturas por que es mas facil preguntar :P
- kelabraNew Rider
- Mensajes : 61
Fecha de inscripción : 30/01/2011
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
05/03/11, 12:02 pm
perdon por lo tres mensage seguido pero esq en el primero no te cite y te quise citar en el segundo perono se porque no salio y ala tercera fue la vencida:P
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
05/03/11, 01:29 pm
Si te equivocas en un post, o quieres modificar uno que ya tienes puesto, lo mejor es usar el botón "EDITAR" que hay arriba a la derecha de cada post tuyo, al lado del de "CITAR". Así no hace falta poner varios posts seguidos.
Y de todas formas, un poquito de paciencia, si no se os contesta una cosa no es porque os estemos ignorando, es que a veces el mundo real no nos deja conectarnos. (esto es un poquito como Matrix) :lol:
Confío en que las cosas hayan quedado claras ahora :)
Y de todas formas, un poquito de paciencia, si no se os contesta una cosa no es porque os estemos ignorando, es que a veces el mundo real no nos deja conectarnos. (esto es un poquito como Matrix) :lol:
Confío en que las cosas hayan quedado claras ahora :)
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
05/03/11, 02:22 pm
blaque un poco de paciencia no todo el mundo pilota todas las herramientas del foro, la gente lo intenta, y lo importante es que las cosas han quedado claro, y al resto blaques tiene razon, no siempre estamos delante del ordenador aunque salgamos conectados, creo que tambien nos hemos dejado llevar por el ritmo vertiginoso que esta llevando ultimamente el foro, eso tambien mola :D
asi que paz y amor y el (eso) pal salon
asi que paz y amor y el (eso) pal salon
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
05/03/11, 04:50 pm
No, si paciencia tengo, por eso explico otra vez lo de edicion, aunque xacarrere ya lo haya dicho bastantes veces. :D
Y las veces que hagan falta, oiga! :lol:
Y las veces que hagan falta, oiga! :lol:
- trugelmirGurú RRR
- Mensajes : 1569
Fecha de inscripción : 25/02/2011
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
12/03/11, 05:50 pm
blaques hay una cosa que no se lo que es y no lo encuentro. Cuando te pide informe de conformidad a que se refiere exactamente???es q no tengo ni idea ni e encontrado nada que me lo aclare.cuando tu puedas me lo dices xfi ok?
un saludo y gracias.
un saludo y gracias.
- SoulFuryV.I.P.
- Mensajes : 1063
Fecha de inscripción : 10/01/2011
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
26/07/12, 04:51 pm
Hey, ya no estan lso manuales en dropbox, hay que resubirlos.
Por lo pronto aqui va el manual de ITV actualizado(7 revision):
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Por lo pronto aqui va el manual de ITV actualizado(7 revision):
[Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
- testoasaAuténtico RRR
- Mensajes : 290
Fecha de inscripción : 13/03/2012
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
26/07/12, 07:33 pm
despues de que te compres la moto cuando hay que pasar el itv que soy paralelo...
- InvitadoInvitado
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
26/07/12, 09:58 pm
a los 4 años creo y luego cada 2 años
- testoasaAuténtico RRR
- Mensajes : 290
Fecha de inscripción : 13/03/2012
Re: Ley de Reformas de Vehículos + Manual ITV
26/07/12, 09:59 pm
pues espero que me dure la moto 4 años ,jajajajajaja
Página 1 de 2. • 1, 2
Permisos de este foro:
No puedes responder a temas en este foro.
|
|